Algo que debemos saber (II)
RAQUEL MARRERO YANES
rql@granma.cip.cu
Fuente: Diario Granma
Recientemente las páginas de este diario se hicieron eco de algunas de las regulaciones vigentes de la Aduana General de la República, establecidas para la importación y exportación de artículos o productos que sin carácter comercial realizan las personas naturales por las vías de pasajeros y envíos, recogidas en las Normas aduaneras que todo viajero debe conocer. En esta edición, Granma ofrece más elementos sobre el tema.
El tabloide, publicado por la Gaceta oficial en edición extraordinaria, constituye un importante material de consulta por las informaciones que ofrece. En él se explica que las personas naturales, en su condición de pasajeros solo pueden realizar importaciones sin carácter comercial; se señala además, que el valor de los artículos o productos comprendidos en el equipaje, no podrán exceder de $ 1 000,00, de los cuales los primeros $ 50,99, se encuentran exentos del pago de los Derechos de Aduana.